
Los bienes inmuebles o bienes raíces son aquellos bienes que por estar unidos al suelo no se mueven. Están asociados física o jurídicamente al terreno. A efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles.
Etimológicamente la palabra inmueble significa “que no puede ser trasladado”. La principal diferencia entre bienes inmuebles e inmuebles es la aplicación de Derecho Civil de la que son objeto, puesto que los inmuebles pueden ser registrados y están sujetos a garantía hipotecaria. En algunos países, las aeronaves y los grandes buques también son considerados bienes inmuebles al cumplir estas dos condiciones.
Como curiosidad apuntar que los árboles y las plantas también forman parte de los bienes inmuebles según el Código Civil.
Tipos de bienes inmuebles
Existen dos grandes tipos de inmuebles, los rústicos y los urbanos.
Inmuebles Rusticos
Son construcciones de carácter agrario situadas en terrenos rústicos e indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
En esta primer tipo entran también las minas, embarcaderos, incluso materiales y utensilios que sean necesarios para la explotación y que el propietario haya designado a tal efecto. Además, se considera que los derechos reales otorgados por la administración forman parte del inmueble, de forma que si éste se traspasa, quedan traspasados los derechos inherentes.
Los inmuebles rústicos, al igual que los urbanos, están sujetos a impuestos, por lo que existe un registro de la propiedad a tal efecto que garantiza los derechos de los propietarios así como la capacidad de la administración de recabar información para la imposición de cargas tributarias.
inmuebles urbanos
Un bien inmueble urbano es definido por el planeamiento urbanístico como urbano, urbanizado o equivalente. Está situado en suelo urbano
Son aquellos que se encuentran en zonas así catalogadas por los ayuntamientos, tales como casas, edificios, naves y locales. Al igual que los rústicos, los bienes inmuebles urbanos pueden ser inscritos en un registro de la propiedad que garantice los derechos de los propietarios.
Como curiosidad, las puertas y ventanas de una casa se consideran también bienes inmuebles, mientras que antes de ser colocadas, serían bienes muebles.
Por último, destacar una última tipología poco conocida por el gran público. Se trata de los bienes inmuebles mostrencos, aquellos que por diversas causas como defunción, abandono o ausencia nunca se han registrado ni catalogado.
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Impuestos que gravan los bienes inmuebles
La propiedad de un bien inmueble está sujeta a una serie de impuestos inmobiliarios que conviene conocer. Algunos de estos impuestos son tan familiares como el IBI (impuesto de bienes inmuebles) que recaudan los ayuntamientos y que gravan la propiedad a fecha 1 de enero.
Para calcular este impuesto el consistorio se basa en dos factores: el valor del inmuebles que reflejado en el catastro y el índice que les permite a cada ayuntamiento la ley.
Otros de los impuestos que gravan la propiedad de un inmuebles son:
- Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. También conocido como impuesto de plusvalía, se paga cuando aumenta el valor de la tierra en el que se asienta el inmueble.
- Impuesto sobre la renta. Una vez al año, los propietarios de inmuebles deben rendir cuentas con hacienda.
- Impuesto sobre el patrimonio. Criticado por muchos, la realidad es que sigue siendo vital para muchas comunidades autónomas, excepto en la Comunidad de Madrid, donde ha alcanzado la bonificación del 100%.
¿ Tienes ya claro lo qué es un bien inmueble y los tipos de inmuebles que existen?
Puedes hacernos llegar tus sugerencias y lo añadiremos con gusto a nuestro blog inmobiliario.
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